Modificación art. 4.1.10 OGUC Reglamentación Térmica

Cambios en la zonificación térmica.

  • Aumento de exigencias al comportamiento térmico.
  • Se incorporan exigencias térmicas a puertas exteriores y sobrecimientos.
  • Porcentaje máximo de ventanas.
  • Hermeticidad.
  • Ventilación.

Con fecha 27 de mayo de 2024 se publicó en el Diario Oficial la actualización de la “Reglamentación Térmica”, contenida en el artículo 4.1.10. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), la cual entrará en vigor en el mes de noviembre de 2025.

Esta modificación constituye un avance significativo para mejorar la eficiencia energética de las viviendas y alcanzar condiciones de confort interior y salubridad en los hogares.

Esta política pública contribuirá a mejorar la calidad de vida de los habitantes, especialmente en aquellas zonas contaminadas por material particulado fino (MP2,5), así mismo, ayudará a mitigar los efectos de la crisis climática y la pobreza energética.

El cambio en la normativa está orientado a las edificaciones de uso residencial e incluye, por primera vez, exigencias de comportamiento térmico mínimas a establecimientos de educación y salud, lo que representa un avance cualitativo para estos sectores.